A través de una circular dirigida a funcionarios aduaneros y a usuarios en general, el director general de la DGA, Eddy Medrano, indicó que el viajero debe obtener previo a su ingreso a Nicaragua un aval de la Cinemateca Nacional, “el que presentará a la autoridad aduanera” nicaragüense.

“La autoridad aduanera procederá a registrar el ingreso de este tipo de mercancías en el régimen de importaciones temporales con reexportación en el mismo estado del sistema informático aduanero”, explicó el funcionario en el documento.

El viajero, al momento de su ingreso a Nicaragua, solamente puede introducir como parte de su equipaje, un aparato fotográfico y un anteojo de larga vista, de acuerdo con la circular.

“Las cantidades superiores a las permitidas estarán sujetas al cumplimiento de las obligaciones tributarias aplicables”, anotó.

Asimismo, la DGA prohibió el ingreso al territorio nacional de binoculares de visión nocturna, “por ser de uso privativo del Ejército de Nicaragua y de la Policía Nacional”, de conformidad con la Ley Especial para el Control y Regulación de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y otros materiales relacionados.

Cuando el viajero traiga consigo o en su equipaje “binoculares de cualquier tipo”, la administración o delegación aduanera efectuará, en coordinación con la Policía Nacional, para que en el sitio emita a favor del viajero la debida “constancia de no regulación”, con la cual sería liberado el ingreso de los binoculares cuando no sean de visión nocturna, explicó la DGA.

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En el caso de los turistas, cuando el viajero traiga consigo o en su equipaje binoculares de visión nocturna, la administración o delegación aduanera, en coordinación con la Policía Nacional, efectuará retención de dicha mercancía.

El viajero con posterioridad podrá solicitar el retiro de la mercancía retenida, con la presentación del “formulario de retención” al momento de su salida por el mismo puesto de control en donde ingresó, de acuerdo con la información.

“Los binoculares que no obtengan la constancia de no regulación por la Policía Nacional y que no sean retirados por el viajero dentro de los tres meses posteriores a la retención realizada, serán emitidos mediante acta de entrega a la autoridad superior de la Policía Nacional”, avisó la DGA.

Agencia EFE